
Juicio de Sucesión Panamá, describiré en primer lugar la sucesión, en segundo las sucesiones testadas, intestadas, tercer punto será los herederos, y los incapaces de adquirir sucesión, cuarto las reglas de Sucesión intestada, en conclusión su estructura procesal .
Tabla de Contenido.
Definición y Etimología.
La palabra sucesión proviene del latín successio idea de sustituir una cosa por otra, y puede ser entre vivos o por la muerte de un ser humano, es la trasmisión de activos y pasivos que componen la herencia de la persona fallecida, a la persona que sobrevive, y a quienes la ley , o un testamento llama a recibirla. saber mas,
Juicio de Sucesión, Intestadas en Panamá.
La sucesión se llama intestada es decir sin testamento, cuando solo es deferida por la ley, y testamentaria, cuando es por la voluntad del hombre, manifestada en testamento valido.
Sucesiones en Panamá, Herederos.
Los Herederos en sucesión intestada, el conyugue en igual proporción que cada uno de los hijos, incluyendo los adoptados, heredan por parte iguales. Importante destacar lo referente a la porción de la herencia para los nietos del difunto lo hacen por derecho de representación.
Continuando a falta de hijos del difunto, en orden el padre, madre, por parte iguales, después los parientes colaterales hermanos, los sobrinos, falta de personas que tengan derecho a heredar. el Municipio donde tubo su ultimo domicilio el fallecido.
Quienes No Pueden Heredar?
Son incapaces de suceder por causa de indignidad los padres que abandonen a sus hijas o atenten a su pudor ,los condenados por atentar contra la vida del testador y quienes abandonen al sus familiares, o utilicen con amenaza, fraude o violencia probada, obliguen hacer al testador un testamento, o cambiarlo,
Las Reglas Sucesiones intestadas en Panamá

Las reglas consisten en la proximidad de parentesco de los parientes, en serie de grados que puede ser directa de doble vinculo, colateral, linea recta descendiente, linea recta ascendente, y del comulgue. saber mas.
Juicio de Sucesión Panamá, Estructura Procesal.

- Poder especial.
- Presentación de Demanda.
- Admisión de la Demanda.
- inventario de bienes.
- Informe de Peritos.
- Auto de Adjudicación definitiva.
- Protocolo y confección de Escritura Publica por Notario Público.
- Registro de Escritura en Registro Publico de Panamá.
- Cierre y archivo del expediente.
Bibliográfia: Código Civil, Código Judicial, ambos de la Republicana de Panamá.
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